Prohibición de los Vapeadores en México: Qué Dice la Ley en 2026 y Qué Sí Está Permitido
¿Los vapeadores están prohibidos en México?
Sí. En México los vapeadores y cigarrillos electrónicos están prohibidos. Desde el 16 de enero de 2026, una reforma constitucional y cambios a la legislación sanitaria prohíben la producción, importación, distribución, comercialización y promoción de estos dispositivos en todo el territorio nacional.
La prohibición es de alcance federal y aplica sin importar el tipo de vapeador ni la sustancia que contenga.
¿Qué tipo de prohibición es?
No se trata de una regulación ni de una restricción parcial. La reforma establece una prohibición absoluta, lo que significa que ningún vapeador cuenta con autorización sanitaria para su venta o comercialización en México.
Esto incluye dispositivos asociados a:
- Nicotina
- CBD
- THC
- Extractos o derivados del cannabis
- Sustancias herbales o aromáticas
¿Qué actividades quedaron prohibidas a partir de 2026?
A partir de la entrada en vigor de la reforma, quedó prohibido:
- Fabricar vapeadores en México.
- Importarlos por cualquier vía (aduanas, aeropuertos, paquetería).
- Comercializarlos en tiendas físicas o digitales.
- Distribuirlos o almacenarlos con fines de venta.
- Publicitarlos o promoverlos en cualquier medio.
No existe una figura legal que permita venderlos “bajo permiso”, “en transición” o “mientras se regula”.
¿Por qué se prohibieron los vapeadores?
La prohibición se adoptó como una medida de salud pública, tras estudios que detectaron:
- Sustancias tóxicas.
- Metales pesados.
- Riesgos asociados al consumo, especialmente en jóvenes.
Bajo este argumento, el Estado optó por prohibir completamente estos dispositivos, en lugar de regularlos.
¿Hay sanciones por vender vapeadores? ¿Puedo ir a la cárcel?
Sí. Vender, importar o distribuir vapeadores en México sí tiene sanciones y, en ciertos casos, puede implicar penas de cárcel. La ley distingue entre sanciones administrativas y responsabilidad penal, dependiendo de cómo se realice la actividad.
¿Qué tipo de sanciones existen?
Las sanciones previstas incluyen tres niveles principales:
Multas económicas
- Las multas pueden ser muy elevadas, calculadas con base en la UMA.
- En la práctica, pueden superar los $200,000 pesos, dependiendo del caso.
- Las multas pueden acumularse si hay reincidencia o múltiples infracciones.
Decomiso y clausura
- Decomiso total del producto, sin derecho a recuperación.
- Aseguramiento de mercancía, equipos y puntos de venta.
- Clausura temporal o definitiva de establecimientos físicos o digitales.
Para negocios y e-commerce, el decomiso del inventario suele ser el mayor impacto económico, incluso más que la multa.
Responsabilidad penal (cárcel)
- En casos graves, la comercialización puede considerarse delito.
- Las penas de prisión pueden llegar hasta 8 años, cuando se acredita actividad comercial organizada.
¿En qué casos existe riesgo real de cárcel?
La cárcel no es automática, pero sí es una posibilidad cuando se presentan uno o más de estos escenarios:
- Venta reiterada o sistemática de vapeadores.
- Importación de producto, incluso en volúmenes pequeños pero frecuentes.
- Almacenamiento o logística con fines de distribución.
- Uso de intermediarios, redes sociales o plataformas digitales para vender.
- Reincidencia tras sanciones previas.
Cuando hay intención de lucro y continuidad, la autoridad puede escalar el caso de una falta administrativa a un proceso penal.
¿La sanción es diferente si el vape tiene CBD o THC?
No. Las sanciones no cambian por la sustancia que contenga el vapeador.
Desde el punto de vista legal:
- Un vape con nicotina,
- uno con CBD,
- uno con THC,
- o uno “sin sustancia activa”
reciben el mismo tratamiento, porque la infracción se centra en el dispositivo de vapeo, no en su contenido.
¿Y el consumidor? ¿Puede ir a la cárcel por usar vapeadores?
No. El consumo personal de vapeadores no está tipificado como delito en México. Una persona que usa o consume un vapeador no puede ir a la cárcel únicamente por hacerlo.
La legislación vigente no criminaliza al consumidor final ni establece penas de prisión por el uso personal de vapeadores.
Entonces, ¿un consumidor puede vapear sin problema alguno?
Sí: Usar un vapeador no constituye un delito, no existen sanciones penales por el simple acto de consumir, in embargo, es importante considerar que:
- Los vapeadores no cuentan con autorización sanitaria, por lo que pueden ser retenidos o decomisados por la autoridad.
- Si el consumidor vende, distribuye o importa, aunque sea de forma ocasional, sí puede haber sanción.
En otras palabras: consumir no es delito, comercializar sí.
¿Qué productos de CBD o cannabis sí están permitidos legalmente en México?
En México no todo lo relacionado con el CBD o el cannabis es ilegal. Lo que está prohibido de forma expresa es el uso de vapeadores como medio de consumo, pero existen otros formatos que sí pueden estar permitidos, siempre que cumplan con la regulación sanitaria vigente.
El punto clave: no es la sustancia, es el formato
Desde el punto de vista legal, es fundamental entender que:
- El CBD y algunos derivados del cannabis no están prohibidos por sí mismos.
- Lo que sí está prohibido es su administración mediante vapeadores o dispositivos de vapeo.
En México, la legalidad depende del formato, la vía de consumo y la autorización sanitaria, no solo del ingrediente.
Productos de CBD que sí pueden estar permitidos
En términos generales, pueden comercializarse productos con CBD cuando cumplen con los siguientes criterios:
- No se administran por vapeo.
- No se promocionan con propiedades terapéuticas no autorizadas.
- Cumplen con los lineamientos sanitarios aplicables.
Entre los formatos comúnmente permitidos se encuentran:
- Aceites de CBD (uso tópico o sublingual, según su clasificación).
- Cremas, bálsamos y ungüentos con CBD para uso externo.
- Cosméticos y productos de cuidado personal que incluyan CBD como ingrediente.
- Suplementos o productos de bienestar, siempre que cumplan con la normativa correspondiente.
Cada producto debe analizarse caso por caso, ya que la autorización depende de su presentación y etiquetado.
¿Qué pasa con productos que contienen THC?
- El THC sigue siendo una sustancia controlada.
- Su uso está limitado a supuestos muy específicos, principalmente con fines médicos y bajo regulación estricta.
- La comercialización general de productos con THC no está permitida fuera de estos esquemas.
En ningún caso está permitido vapear THC en México, independientemente del origen o concentración.
¿Quién regula estos productos?
La autoridad encargada de evaluar y autorizar productos relacionados con CBD y cannabis es COFEPRIS.
COFEPRIS determina:
- Si un producto puede comercializarse.
- Bajo qué categoría (cosmético, suplemento, uso tópico, etc.).
- Qué claims están permitidos.
- Cómo debe etiquetarse y promocionarse.
¿Qué productos NO están permitidos?
De forma clara y sin excepciones:
- Vapeadores con CBD.
- Vapeadores con THC.
- Cartuchos, pods o dispositivos diseñados para vaporizar cannabis o derivados.
- Productos que se promocionen como “alternativa al vapeo” mediante inhalación.
La prohibición de los vapeadores en México marca un punto de inflexión en la forma en que el país aborda el consumo y la comercialización de estos dispositivos. Desde enero de 2026, el marco legal es claro: los vapeadores no están permitidos, independientemente de su contenido, mientras que el enfoque de la ley se centra en eliminar la oferta comercial, no en criminalizar al consumidor final.
Al mismo tiempo, es importante entender que no todo lo relacionado con el CBD o el cannabis es ilegal. Existen productos y formatos que sí pueden comercializarse de manera legal, siempre que cumplan con la regulación sanitaria correspondiente y no utilicen el vapeo como vía de consumo. Por eso, informarse correctamente y distinguir entre dispositivos prohibidos y productos permitidos es clave para consumidores, negocios y plataformas que operan en este sector.



